La posición del gobierno federal es que no habrá nuevos impuestos ni aumentos en las tasas del ISR o del IVA. Sin embargo, la realidad financiera del país dicta una regla distinta. Frente a un gasto público creciente y un déficit presupuestario inevitable, el Paquete Económico 2027 buscará aumentar la recaudación pública endureciendo la fiscalización sobre empresas y contribuyentes.
El pasado 8 de septiembre, el Ejecutivo Federal, encabezado por la presidenta Claudia Sheinbaum, presentó ante el Congreso de la Unión las iniciativas que integran el Paquete Económico para el próximo ejercicio fiscal. La estrategia trazada se soporta en dos grandes ejes: el endurecimiento en la fiscalización sobre la base gravable existente y el alza en el cobro de derechos por servicios públicos y aprovechamiento de bienes de la Nación.
El proyecto del Presupuesto de Egresos de la Federación (PEF) contempla un gasto neto total de 10.63 billones de pesos. Asimismo, estima un déficit presupuestario de 1.35 billones de pesos. Estas cifras confirman las fuertes presiones sobre las finanzas públicas. Muestran con claridad que el gobierno federal prevé gastar más de lo que ingresará.
Para sostener este nivel de erogaciones, la iniciativa de la Ley de Ingresos de la Federación (LIF) señala que la política impositiva se orientará a «preservar la disciplina fiscal y la responsabilidad hacendaria, así como a consolidar una recaudación eficiente, privilegiando el fortalecimiento de la administración tributaria». En términos prácticos para el sector corporativo, esto significa que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) maximizará el empleo de sus herramientas de control para alcanzar las metas presupuestales.
1. Endurecimiento de la fiscalización
La estrategia del gobierno no tiene como base la creación de facultades novedosas para el SAT. Por el contrario, intensificará el uso de los mecanismos de control con los que la autoridad ya cuenta, varios de ellos introducidos en la reforma de 2026. El cambio real vendrá con el uso de nuevas tecnologías para el análisis de minería de datos y ampliará el rigor en los procesos de auditoría.
En la Ley del Impuesto sobre la Renta (ISR) no se plantean ajustes a las tasas generales. El incremento en la recaudación apunta a la reestructuración de la base gravable. Para ello, se acotan deducciones, se ajustan las reglas de amortización de pérdidas y se modifican diversos regímenes corporativos.
Nuevo mecanismo de control de deducciones en el ISR
La iniciativa propone adicionar los artículos 78-A al 78-F de la Ley del ISR. Estos preceptos regulan las deducciones de personas morales del Régimen General con ingresos anuales superiores a 50 millones de pesos y con más de cinco años de operación:
- Límite a deducciones autorizadas: Cuando las deducciones de la empresa superen el 96.67% de sus ingresos acumulables, el límite máximo deducible en el ejercicio se fijará en el 96.67% de dichos ingresos. En caso de que sean iguales o menores a ese porcentaje, el tope deducible será del 99% de las deducciones calculadas. El remanente no deducido podrá amortizarse en los 20 ejercicios siguientes. En la iniciativa se menciona que este mecanismo busca combatir las estrategias de evasión vinculadas al uso de empresas fantasma o factureras.
- Ajuste en pagos provisionales: Se introducen factores de ajuste al coeficiente de utilidad (1.0658 o 2.6162, según el nivel de deducciones) para integrar estos límites desde el cálculo de los pagos provisionales.
- Implicaciones para empresas: Este mecanismo altera el reconocimiento temporal de las deducciones. Con ello, genera un ajuste directo en el flujo de efectivo al anticipar una base gravable mínima en el propio ejercicio en que se realizan las erogaciones.
Pérdidas fiscales, intereses y pagos al extranjero
La propuesta ajusta parámetros clave para determinar la utilidad fiscal corporativa:
- Amortización de pérdidas: La disminución de pérdidas fiscales de ejercicios anteriores se limita al 50% de la utilidad fiscal del ejercicio. Se permite amortizar el saldo pendiente durante los 20 años siguientes.
- Deducción de intereses netos: Se reduce del 30% al 20% el tope máximo de deducibilidad de intereses netos respecto de la utilidad fiscal ajustada del ejercicio.
- Pagos a residentes en el extranjero: La deducibilidad de estos pagos se condiciona a que la contraprestación esté efectivamente pagada y se entere la retención correspondiente en el mismo ejercicio. La retención deberá realizarse en el momento en que ocurra primero la exigibilidad, el devengo o el pago.
Implicaciones para empresas: Las corporaciones con estructuras de financiamiento o con operaciones de servicios e intangibles internacionales deberán revaluar el impacto financiero en su costo de capital y en sus tiempos de deducibilidad.
Estructuras corporativas, CUCA y anticipos
La iniciativa incluye cambios dirigidos a la contabilidad y al régimen de grupos corporativos:
- Derogación del Régimen Opcional para Grupos de Sociedades: Se elimina el Capítulo VI del Título II de la Ley del ISR. Las sociedades integradas e integradoras deberán desintegrarse al 1 de enero de 2027 y enterar el ISR diferido a más tardar el 31 de diciembre de 2027.
- Cuenta de Capital de Aportación (CUCA) y costo de acciones: En la capitalización de pasivos, no se incluirán en la CUCA ni en el costo comprobado de adquisición de acciones los intereses devengados no pagados ni el IVA correspondiente. Las aportaciones en especie mediante cuentas por cobrar solo computarán al cobrarse en efectivo.
- Anticipos: Los pagos anticipados por servicios o arrendamientos solo podrán deducirse en el ejercicio en que efectivamente se preste el servicio o transcurra el periodo del arrendamiento.
Implicaciones para empresas: Estos ajustes inciden directamente en las reestructuraciones corporativas y en la administración del capital fiscal acumulado en la CUCA y en la CUFIN.
Reconfiguración del Régimen Simplificado de Confianza (RESICO)
Las reformas a la Ley del ISR y a la LIF buscan ampliar la base de contribuyentes e incentivar la formalización de micronegocios, pequeños comercios y prestadores de servicios:
- Personas físicas: Se incrementa el umbral de ingresos de 3.5 a 5 millones de pesos anuales. Se elimina la exclusión definitiva por incumplimiento, permitiendo regresar al régimen al ejercicio siguiente tras regularizarse. Para el sector primario (AGAPES), el monto de ingresos exentos se eleva de 900 mil a 1 millón de pesos.
- Personas morales: Se eleva el límite de ingresos de 35 a 50 millones de pesos y el régimen pasa de ser obligatorio a opcional. Asimismo, se ajustan los porcentajes de deducción de inversiones.
- Tasa reducida de IVA: En la LIF se establece que personas físicas y morales podrán optar por pagar el IVA aplicando una tasa reducida del 7% sobre las contraprestaciones cobradas en el mes. Quienes elijan esta opción no tendrán derecho al acreditamiento del IVA pagado en sus compras o importaciones. Además, las personas físicas que ejerzan esta opción quedan liberadas de la obligación formal de llevar contabilidad.
- Implicaciones para empresas: Se amplía la cobertura de este esquema opcional para unidades económicas de menor tamaño, modificando los criterios de permanencia y transición hacia el Régimen General.
2. Derechos: ajustes en cuotas
La segunda gran vertiente del Paquete Económico 2027 con la que la federación busca aumentar los ingresos radica en la iniciativa de reforma a la Ley Federal de Derechos (LFD).En ella se prevé la creación de nuevos derechos, la actualización e incremento de cuotas y, en algunos casos, su derogación.
Inversión extranjera e inmuebles
Propone incrementos en las cuotas para trámites administrativos realizados por empresas con participación extranjera involucradas en operaciones inmobiliarias:
- Permisos para constituir fideicomisos en zona restringida: incremento del 24.7%.
- Avisos de adquisición de inmuebles realizados por sociedades mexicanas con cláusula de admisión de extranjeros: aumento del 781.4%.
- Convenios de renuncia para la adquisición de inmuebles fuera de la zona restringida: incremento del 52.4%.
Implicaciones para las empresas: El aumento en las cuotas deberá incorporarse a la planeación de inversiones y operaciones corporativas e inmobiliarias que involucren capital extranjero.
Sector financiero y bursátil
Contempla modificaciones relevantes para emisoras de valores, intermediarios financieros y Afores:
- Afores: Se modifica la metodología para el cálculo del derecho de inspección. El componente variable dejaría de determinarse mediante una cantidad fija y pasaría a utilizar un factor de 0.1750 al millar sobre el saldo total del capital suscrito y pagado. Se plantea una regla transitoria para que entre 2027 y 2029 el importe pagado no sea inferior al de 2026.
- Registro Nacional de Valores: Se propone un incremento del 16% en las cuotas por derechos de inscripción de valores, inspección y vigilancia.
Implicaciones: Las Afores obtendrán previsibilidad en el crecimiento futuro de este derecho. Por su parte, el incremento de las cuotas por inscripción y supervisión de valores eleva los costos regulatorios para las empresas emisoras.
Sector salud (Cofepris)
La iniciativa plantea incrementos importantes en derechos relacionados con autorizaciones, registros y servicios sanitarios a cargo de la Cofepris:
- Almacenes de depósito, distribución o acondicionamiento de medicamentos: incremento del 45%.
- Registro de dispositivos médicos: Clase I (+71%), Clase II (+74%) y Clase III (+106%).
- Protocolos de investigación relacionados con medicamentos o dispositivos médicos para registro sanitario: aumento del 427%.
- Registro de medicamentos o remedios herbolarios, homeopáticos o vitamínicos: alza del 89%.
Implicaciones para las empresas: Para las empresas del sector salud, estos cambios impactan directamente en el costo de desarrollar, registrar, introducir y mantener productos en el mercado.
Ferrocarriles, puertos y aviación
Considera diversos incrementos en las cuotas por el uso de infraestructura pública en el sector transportes:
- Sector ferroviario: Para concesionarios o asignatarios con más de 15 años de operación, la cuota por uso o aprovechamiento de bienes del dominio público se eleva del 1.25% al 3% de sus ingresos brutos.
- Sector marítimo y portuario: Se crean nuevos derechos por trámites ante la Secretaría de Marina (modificaciones a Planes de Protección Portuaria, Certificados de Oficial de Protección, Autorización del Programa Maestro de Desarrollo Portuario y Reglas de Operación Portuaria).
- Sector aéreo: Se propone un aumento del 10% en las cuotas por kilómetro volado a las aeronaves.
Implicaciones para las empresas Los cambios propuestos representan un incremento en los costos de operación, explotación y cumplimiento en los sectores ferroviario, portuario y aéreo.
Telecomunicaciones y Radiodifusión
Establece nuevos derechos, así como descuentos y reducciones en diversas cuotas:
- Espectro radioeléctrico: Se propone una reducción del 12% en cuotas anuales para bandas clave (2.5 GHz, 1.9 GHz, 1.7/2.1 GHz, 800/850 MHz, 1.4 GHz y 3.5 GHz).
- Descuentos a concesionarios: Se plantean descuentos de hasta el 100% de las
- cuotas por uso del espectro a cambio de otorgar cobertura social en zonas prioritarias.
- Nuevos trámites: Se adiciona una cuota por la prórroga de autorizaciones para uso secundario del espectro. Asimismo, se crean derechos por servicios administrativos sobre pruebas experimentales, viabilidad técnica, uso temporal y acceso dinámico.
Implicaciones para las empresas: Para concesionarios y operadores, los cambios pueden incidir tanto en el costo de desplegar redes como en el desarrollo de nuevos proyectos y tecnologías.
Agua, medio ambiente y recursos naturales
Propone incrementos de cuotas, nuevas facultades de fiscalización y mayores obligaciones de medición. Además, deroga determinados derechos para alinearse con la legislación aplicable:
- Agua y Conagua: Se elimina el cobro de derechos por la transmisión de títulos de concesión entre particulares, conforme a la Ley de Aguas Nacionales. Conagua tendrá la facultad de requerir información técnica y fiscal sobre el aprovechamiento del agua, aun cuando esté sujeta a confidencialidad. Se establece la obligación de instalar medidores individuales en cada punto de extracción.
- Materiales pétreos y trámites ambientales: Se eliminan las diferencias por zonas geográficas y se fijan cuotas uniformes por metro cúbico extraído. Los derechos para trámites forestales, cambios de uso de suelo y Licencia Ambiental Única tendrían incrementos cercanos al 30%.
Implicaciones para las empresas: Las mayores facultades de Conagua pueden traducirse en una fiscalización más intensa para las empresas.
Comercio exterior y servicios migratorios
Contempla ajustes en derechos vinculados con certificaciones para importación, expedición de visas y servicios migratorios:
- Certificados para importación: Se propone establecer una cuota uniforme para los certificados fitosanitarios, zoosanitarios y de sanidad acuícola. Esto representa un aumento efectivo de entre el 3.5% y el 4.5% en la cuota.
- Servicios migratorios y visas: Se propone un aumento del 35% en la cuota para la estancia de visitante sin permiso para realizar actividades remuneradas. La expedición de visas a extranjeros tendría un incremento superior al 65%.
- Distribución de recursos: Se plantea otorgar el 26% de los recursos obtenidos al Instituto Nacional de Migración. Para ello, se reducen los recursos destinados a Sedena en un 17% y a la Tesorería de la Federación en un 9%.
- Implicaciones: Para las empresas con operaciones internacionales, la reforma podría incrementar los costos de importación y la movilidad de personal extranjero
Consideraciones finales
El proyecto de política fiscal anunciado para el ejercicio 2027 confirma que la continuidad en las tasas de los principales impuestos vendrá acompañada de una severa fiscalización sobre la base gravable. A esto se suma el importante alza en las cuotas de derechos para diversos sectores productivos del país.
Ante este panorama, los contribuyentes y las empresas deberán implementar estrategias preventivas que abarquen una adecuada revisión de la estructura operativa, del soporte documental de sus actividades y de su base de proveedores. Acorde con su sector, las empresas deberán considerar dentro de su operación las nuevas cuotas aplicables.

