La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió que el artículo 69 del Código Fiscal de la Federación, que regula el secreto fiscal, es constitucional, al tiempo que determinó la validez de diversos oficios emitidos por el Servicio de Administración Tributaria (SAT), impugnados por el municipio de San Pedro Garza García, Nuevo León.
La resolución deriva de la Controversia Constitucional 103/2021, discutida y resuelta por el Pleno el 24 de marzo de 2026.
Municipio alegó omisión legislativa y violaciones constitucionales
El municipio promovente sostuvo que el Congreso de la Unión incurrió en una omisión legislativa absoluta al no establecer de forma expresa que el secreto fiscal no puede oponerse a solicitudes de información realizadas por autoridades investigadoras en materia de responsabilidades administrativas.
Asimismo, argumentó que dicha disposición contraviene principios como la supremacía constitucional y la jerarquía normativa, al entrar en conflicto con el artículo 109 de la Constitución y el artículo 95 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas.

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En ese contexto, también impugnó diversos oficios del SAT que negaron el acceso a información fiscal de una persona específica, al invocar el deber de confidencialidad.
El municipio consideró que estas negativas:
Limitaron sus facultades de investigación
- Impidieron indagar posibles faltas administrativas
- Condicionaron el acceso a información a la firma de convenios de colaboración
- Restringieron el ejercicio de atribuciones legales en materia anticorrupción
SCJN descarta omisión y respalda margen legislativo
Al analizar el caso, el Pleno de la SCJN concluyó que no existe la omisión legislativa señalada, ya que el Congreso cumplió con su obligación al expedir la Ley General de Responsabilidades Administrativas, derivada de la reforma constitucional en materia de combate a la corrupción.
De acuerdo con el fallo, el Poder Legislativo cuenta con un margen de configuración normativa para determinar cómo implementar dichas reformas, “sin que exista una obligación expresa de modificar el artículo 69 del Código Fiscal de la Federación”.
Secreto fiscal no es absoluto: Corte define alcances
Uno de los puntos centrales de la resolución fue precisar la naturaleza del secreto fiscal y su relación con otras disposiciones legales.
El Pleno determinó que:
El secreto fiscal es una regla general de confidencialidad
- Está previsto en una norma de carácter ordinario
- Protege la información fiscal de los contribuyentes
- Obliga a la autoridad hacendaria a resguardar dichos datos
Existen excepciones claramente definidas
- El artículo 109 constitucional establece supuestos donde no puede oponerse
- La Ley General de Responsabilidades Administrativas prevé excepciones en investigaciones por faltas graves
- Las autoridades pueden acceder a información bajo procedimientos legales específicos
Interpretación sistemática: clave en la resolución
La Corte subrayó que el artículo 69 del Código Fiscal debe interpretarse de manera sistemática con el marco constitucional y legal vigente.
En ese sentido, concluyó que la norma:
- Es válida y compatible con la Constitución
- Permite equilibrar la protección de datos fiscales con la investigación de conductas ilícitas
- No bloquea de forma absoluta el acceso a información en casos de faltas administrativas graves
El fallo enfatiza que el acceso a datos fiscales debe realizarse conforme a los procedimientos establecidos en la ley, evitando interpretaciones que vulneren derechos o facultades institucionales.
Implicaciones del fallo para autoridades y contribuyentes
La decisión de la SCJN marca un precedente relevante en la relación entre transparencia, fiscalización y protección de datos.
Entre sus principales efectos destacan:
- Se refuerza la figura del secreto fiscal como mecanismo de protección de información
- Se delimita su alcance frente a investigaciones administrativas
- Se confirma la validez de actuaciones del SAT en la negativa de información bajo este principio
- Se establece que las autoridades deben apegarse a vías legales específicas para acceder a datos fiscales

