El Servicio de Administración Tributaria (SAT) lanzó un recordatorio dirigido a las personas físicas que obtienen ingresos por honorarios, sueldos y salarios, arrendamiento o actividad empresarial o profesional, sobre los gastos médicos deducibles aplicables en la declaración anual.
De acuerdo con el organismo fiscalizador estas deducciones permiten disminuir los ingresos acumulables del ejercicio y representan una herramienta clave para optimizar la carga fiscal.
¿Qué son las deducciones personales según el SAT?
Las deducciones personales son gastos autorizados por la autoridad fiscal para ser restados de los ingresos del contribuyente al final del ejercicio. En el caso de los gastos médicos, el SAT detalló que únicamente ciertos conceptos cumplen con los requisitos fiscales para ser deducidos.

Gastos médicos deducibles para la declaración anual
El SAT señaló que los siguientes conceptos sí pueden deducirse:
Servicios y atención médica
- Honorarios médicos, dentales, psicológicos o nutricionales.
- Gastos hospitalarios.
- Medicinas incluidas en facturas de hospitales.
- Honorarios de enfermería.
Procedimientos, estudios y equipo
- Análisis o estudios clínicos.
- Prótesis.
- Compra o alquiler de aparatos para rehabilitación.
Otros conceptos deducibles
- Lentes ópticos graduados (hasta por 2,500 pesos).
- Primas por seguros de gastos médicos.
¿A qué familiares se les pueden deducir gastos médicos?
El contribuyente puede deducir gastos propios y los pagados para:
- Cónyuge o pareja en concubinato.
- Padres y abuelos.
- Hijos y nietos.
Condición clave: ninguno de estos familiares debe haber percibido ingresos iguales o superiores al salario mínimo anual.
Requisitos para que los gastos médicos sean deducibles
Medios de pago válidos
Los pagos deben realizarse exclusivamente mediante:
- Cheque nominativo
- Transferencia electrónica de fondos
- Tarjeta de crédito, débito o servicios
Comprobantes fiscales
En el CFDI se debe verificar:
- Que el Uso del CFDI corresponda a “Honorarios médicos, dentales y gastos hospitalarios”, “Gastos médicos por incapacidad o discapacidad” o “Primas por seguros de gastos médicos”.
- Que la clave del método de pago coincida con el medio utilizado.
- Que, en el caso de honorarios, la factura sea emitida por una persona con título profesional.
El SAT puso a disposición el Visor de Deducciones Personales, disponible en su portal, para validar los CFDI.
Gastos médicos que no son deducibles
El SAT enfatizó que deben evitarse los siguientes conceptos, ya que no aplican como deducciones personales:
- Medicinas compradas en farmacias (sin factura hospitalaria).
- Facturas que incluyan conceptos no deducibles como copagos, coaseguros, membresías, cafetería o florería dentro de hospitales.
- Comprobantes emitidos fuera del ejercicio fiscal.
- Gastos médicos de mascotas.
Deducciones por discapacidad o incapacidad
También son deducibles los gastos médicos derivados de incapacidades o discapacidades mayores al 50%, siempre que se cuente con el certificado emitido por instituciones del Sistema Nacional de Salud.

