El Servicio de Administración Tributaria (SAT) habilitó desde el 1 de diciembre el simulador para la Declaración Anual 2025 de personas morales, herramienta que permitirá a las empresas revisar la información precargada que fue presentada durante el ejercicio fiscal. La autoridad fiscal recordó que la declaración deberá presentarse entre el 1 de enero y el 31 de marzo de 2026, de acuerdo con los plazos establecidos en la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR).
El simulador está disponible para contribuyentes del Régimen General y del Régimen Simplificado de Confianza (RESICO), y tiene el propósito de que las compañías identifiquen discrepancias, realicen ajustes previos y verifiquen anticipadamente la información que servirá de base para su obligación anual. Con ello, se busca reducir errores en la captura, agilizar procesos de revisión interna y evitar aclaraciones futuras con la autoridad.
Fechas para presentar la Declaración Anual 2025
El SAT precisó que los plazos varían según el régimen fiscal de la persona moral:
- Sociedades en liquidación: hasta el 19 de enero de 2026 para presentar la declaración del ejercicio por liquidación.
- Personas morales con fines no lucrativos: hasta el 16 de febrero de 2026.
- Régimen General y RESICO: fecha límite el 31 de marzo de 2026.
Estos periodos mantienen los criterios aplicados en ejercicios anteriores, por lo que las empresas deberán organizar sus revisiones internas durante el primer trimestre del próximo año.

Precarga de información disponible en el simulador
La plataforma incorpora una precarga más amplia que en años anteriores. Entre los datos incluidos se encuentran:
- Pagos provisionales declarados y cubiertos durante 2025.
- PTU pagada en el ejercicio.
- Retenciones efectivamente pagadas, incluyendo ISR por sueldos y salarios, asimilados, arrendamiento y contribuyentes bajo RESICO.
- CFDI relacionados con devoluciones, descuentos y bonificaciones.
- Saldos pendientes de ejercicios anteriores, como pérdidas fiscales, pagos al extranjero, dividendos y subsidio para el empleo.
Envío de la declaración y consideraciones operativas
Para enviar la declaración será indispensable contar con e.firma vigente y con un servicio de banca electrónica, ya que los saldos a cargo deben cubrirse mediante transferencia en instituciones autorizadas para el cobro de contribuciones federales.
Cuando se requiera corregir ingresos u otros datos precargados, será necesario presentar declaraciones complementarias. Las actualizaciones se reflejarán en un plazo de 48 horas si existe saldo a cargo, y en 24 horas cuando el ajuste resulte en saldo cero.
Herramientas para facilitar el cumplimiento
El SAT reiteró que este simulador forma parte de las acciones para facilitar el cumplimiento oportuno de las obligaciones fiscales de personas morales, mejorar la calidad de la información presentada y fortalecer la eficiencia en la recaudación anual.

