En México, los días correspondientes a Semana Santa, particularmente jueves y viernes, no están contemplados como descanso obligatorio dentro de la ley laboral, lo que deja margen de acción a las empresas para definir su operación.
Así lo explicó Didier García Maldonado, presidente de la Comisión Representativa ante Organismos de Seguridad Social del Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMCP), quien subrayó que la legislación establece las condiciones para su ejecución.
“No forman parte de los días que establece el artículo 74 (Ley Federal del Trabajo) como días de descanso obligatorio”, puntualizó.
El contrato colectivo y la negociación
El especialista detalló que el tratamiento de estos días depende en gran medida del tipo de empresa y de si existe o no un contrato colectivo.
Casos donde sí pueden ser descanso
- Empresas con contrato colectivo pueden negociar días adicionales
- Sindicatos suelen impulsar beneficios adicionales
- La ley permite otorgar prestaciones superiores a las mínimas
“La ley nunca te va a limitar si tú quieres dar días adicionales”, explicó.
En estos casos, si el trabajador es requerido para laborar, se activa una compensación superior.
¿Cuándo aplica el pago triple en Semana Santa?
Cuando un contrato colectivo reconoce estos días como descanso y el empleado trabaja, el pago puede incrementarse significativamente.
Esquema de pago
- Salario normal (100%)
- Pago doble adicional (200%)
- Total: hasta 300% del salario diario
“Se tendrá que cubrir como lo establece la ley… tu salario normal más el doble por el servicio prestado”, indicó García Maldonado.
En la mayoría de empresas, es decisión del patrón
En México, donde más del 90% de las empresas son pequeñas y medianas empresas (Pymes), la situación es distinta, lo que ocurre en la práctica marca la diferencia entre lo que dice la legislación y lo que ocurre cotidianamente.
- No existe obligación legal de otorgar descanso
- Es una práctica voluntaria
- Algunas empresas dan mediodía el “Viernes Santo”
“Eso es de un carácter plenamente voluntario”, afirmó.
El especialista también aclaró que, sin un acuerdo formal, los trabajadores no pueden exigir compensaciones adicionales.
Tradición vs legislación laboral
Aunque la “Semana Santa” tiene un peso cultural importante en el país, especialmente por la tradición católica, esto no se traduce en obligaciones legales para los empleadores; de ahí que la recomendación es privilegiar acuerdos internos que favorezcan la productividad y la relación laboral, evitando conflictos.

