La Cámara de Diputados aprobó una reforma a la Ley Aduanera que busca fortalecer la fiscalización de mercancías importadas, establecer mecanismos de revisión ante posibles prácticas de subvaluación y ampliar las sanciones aplicables a determinadas operaciones con hidrocarburos y petrolíferos.
El dictamen, derivado de una iniciativa de la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo, obtuvo 334 votos a favor, 119 en contra y ninguna abstención en lo general. Posteriormente, fue aprobado en lo particular con 338 votos a favor, 114 en contra y cero abstenciones.
La reforma establece que las autoridades aduaneras deberán iniciar de oficio sus facultades de comprobación cuando el valor declarado en un pedimento sea inferior al valor de transacción de mercancías idénticas o similares, determinado conforme a la legislación.
También incorpora un mecanismo para solicitar la sustitución del embargo precautorio mediante una garantía en determinados casos de subvaluación.
El proyecto fue remitido al Senado de la República para continuar su proceso legislativo.
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¿Qué cambia con la reforma a la Ley Aduanera?
El objetivo principal del dictamen es fortalecer los mecanismos de control frente a posibles prácticas de subvaluación de mercancías.
La subvaluación aduanera ocurre cuando el valor declarado de una mercancía es inferior al que corresponde conforme a las disposiciones aplicables.
El valor declarado en el pedimento es un elemento relevante para determinar las contribuciones que deben pagarse durante las operaciones de comercio exterior.
La reforma busca ampliar la capacidad de revisión de las autoridades cuando existan diferencias entre los valores declarados y los valores de transacción de mercancías idénticas o similares.
De acuerdo con la Cámara de Diputados, las modificaciones tienen como propósito proteger el interés fiscal y fortalecer las facultades de comprobación sin crear nuevas contribuciones.
SAT y autoridades aduaneras podrán revisar operaciones con valores inferiores
Uno de los cambios centrales se encuentra en el inicio de las facultades de comprobación.
El dictamen establece que, cuando el valor declarado en el pedimento sea inferior al valor de transacción de mercancías idénticas o similares, determinado conforme a la Ley Aduanera, las autoridades aduaneras iniciarán de oficio el ejercicio de sus facultades de comprobación.
Esta disposición vincula la detección de diferencias en la valoración de mercancías con el inicio de una revisión por parte de la autoridad.
La comparación deberá realizarse conforme a los criterios establecidos en la legislación aduanera.
¿Qué sucede si la diferencia de valor es menor al 20%?
La reforma contempla un tratamiento específico cuando la diferencia entre el valor declarado y el valor de transacción de mercancías idénticas o similares sea inferior al 20%.
En estos casos, las personas interesadas podrán solicitar la sustitución del embargo precautorio mediante la presentación de una garantía.
La disposición hace referencia a los valores determinados conforme a los artículos 72 y 73 de la Ley Aduanera.
El mecanismo no supone la eliminación automática del procedimiento administrativo ni la cancelación de las diferencias detectadas por la autoridad.
¿Cómo funcionará la sustitución del embargo precautorio?
El dictamen establece que los interesados podrán solicitar la sustitución del embargo precautorio mediante un depósito en efectivo o en cuentas aduaneras de garantía.
Para utilizar este mecanismo deberán cumplirse las condiciones previstas en la reforma.
Entre los elementos principales se encuentran:
- Diferencia de valor: el valor declarado deberá ser inferior en menos de 20% al valor de transacción de mercancías idénticas o similares.
- Plazo de solicitud: el interesado tendrá 10 días hábiles a partir de la notificación del inicio del procedimiento administrativo.
- Tipo de garantía: podrá presentarse un depósito en efectivo o mediante cuentas aduaneras de garantía.
- Monto: deberá equivaler a las contribuciones y cuotas compensatorias que se causarían por la diferencia de valor.
- Regulación aplicable: el procedimiento deberá ajustarse a las disposiciones que emitan las autoridades aduaneras competentes.
La sustitución estará sujeta a los requisitos y procedimientos que correspondan.
¿Cómo se calculará la garantía por subvaluación?
El monto de la garantía estará relacionado con las contribuciones y cuotas compensatorias correspondientes a la diferencia entre el valor declarado y el valor de transacción determinado por la autoridad.
El dictamen establece que deberá considerarse el valor de mercancías idénticas o similares conforme a los artículos 72 y 73 de la Ley Aduanera.
Por tanto, la garantía no se establece como un porcentaje fijo del valor total de la mercancía, sino en función de las contribuciones y cuotas compensatorias que resultarían de la diferencia identificada.
El boletín legislativo no proporciona ejemplos numéricos ni detalla los procedimientos administrativos adicionales que deberán observarse para constituir la garantía.
Reforma contempla multas de 50% a 100% para hidrocarburos
Otro de los cambios aprobados está relacionado con las operaciones de comercio exterior de hidrocarburos y petrolíferos.
El dictamen establece una multa de entre 50% y 100% del valor comercial de las mercancías para los supuestos previstos en la reforma.
La información difundida por la Cámara de Diputados no especifica en el apartado citado todos los elementos de la conducta infractora que daría lugar a la sanción.
Por ello, el porcentaje anunciado no debe interpretarse como una multa general aplicable a cualquier operación de importación o exportación de hidrocarburos.
La determinación de los supuestos específicos dependerá del texto normativo correspondiente.
¿La reforma crea nuevos impuestos a las importaciones?
La Cámara de Diputados señala expresamente que el objetivo del dictamen es fortalecer el control aduanero sin crear nuevas contribuciones.
Las modificaciones descritas se concentran en tres ámbitos: la detección de posibles prácticas de subvaluación, el ejercicio de facultades de comprobación y los mecanismos de garantía y sanción.
Esto significa que el planteamiento legislativo no está presentado como una reforma para establecer nuevos impuestos a las importaciones.
Sin embargo, el fortalecimiento de los mecanismos de revisión puede incrementar la importancia de la documentación utilizada para acreditar el valor declarado de las mercancías.
¿Cuándo entrará en vigor la reforma a la Ley Aduanera?
La aprobación de la Cámara de Diputados representa una etapa del procedimiento legislativo.
El dictamen fue remitido al Senado de la República, donde deberá continuar su trámite constitucional.
En consecuencia, las modificaciones descritas todavía no deben considerarse nuevas disposiciones vigentes únicamente por haber sido aprobadas en San Lázaro.
La fecha de entrada en vigor y las posibles disposiciones transitorias deberán verificarse en el texto definitivo que, en su caso, sea publicado oficialmente.
Mayor control sobre el valor declarado en aduanas
La reforma coloca la valoración de mercancías entre los principales puntos de atención para importadores, agentes aduanales y empresas que participan en operaciones de comercio exterior.
El inicio de revisiones cuando existan diferencias respecto de mercancías idénticas o similares y la posibilidad de sustituir embargos mediante garantías establecen un esquema que combina mayores facultades de comprobación con mecanismos específicos para atender determinados procedimientos.
Para los contribuyentes, el principal desafío será mantener documentación suficiente para sustentar los valores declarados en sus pedimentos y responder oportunamente ante una revisión.
Aunque el dictamen no contempla nuevas contribuciones, sus disposiciones podrían modificar la gestión del riesgo aduanero y la atención de procedimientos administrativos relacionados con posibles casos de subvaluación.

