La Cámara de Diputados aprobó en lo general y en lo particular la reforma a la Ley del Impuesto Sobre la Renta (ISR) para 2027, que contempla modificaciones al Régimen Simplificado de Confianza (RESICO), nuevos límites a las deducciones empresariales, cambios en las retenciones a residentes en el extranjero y ajustes a los estímulos fiscales para inversiones.
El dictamen, que forma parte del Paquete Económico 2027 presentado por la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo, fue avalado en lo general con 349 votos a favor, 118 en contra y cero abstenciones. Posteriormente, el 14 de octubre de 2026, recibió 322 votos a favor, 115 en contra y cero abstenciones en lo particular, sin modificaciones al texto original.
Tras concluir su discusión en San Lázaro, el proyecto fue remitido al Senado de la República, donde continuará el proceso legislativo.
Entre los cambios más relevantes se encuentra la ampliación del límite de ingresos para personas físicas en RESICO, que pasaría de 3.5 millones a 5 millones de pesos anuales, mientras que para personas morales aumentaría de 35 millones a 50 millones de pesos.
La iniciativa también incorpora un mecanismo de control sobre las deducciones autorizadas y las pérdidas fiscales de determinadas empresas, además de reducir del 30% al 20% el porcentaje utilizado para calcular el límite de deducción de intereses netos.
Las modificaciones todavía no están vigentes. Su aplicación dependerá de la aprobación definitiva del Congreso, la publicación del decreto en el Diario Oficial de la Federación (DOF) y las disposiciones transitorias correspondientes.
¿Qué cambios contempla la reforma a la Ley del ISR para 2027?
El dictamen aprobado por la Cámara de Diputados reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley del Impuesto Sobre la Renta.
De acuerdo con los boletines 4700 y 4703 del órgano legislativo, el objetivo es simplificar el cumplimiento de las obligaciones fiscales, fortalecer los mecanismos de control tributario y aumentar la capacidad recaudatoria del Estado.
Los cambios también buscan ampliar el acceso a determinados regímenes fiscales y dar continuidad a incentivos relacionados con inversiones productivas.
Entre las principales modificaciones destacan:
| Disposición fiscal | Cambio aprobado por Diputados |
|---|---|
| RESICO personas físicas | Aumenta el límite de ingresos de 3.5 a 5 millones de pesos anuales. |
| RESICO personas morales | Incrementa el límite de ingresos de 35 a 50 millones de pesos anuales. |
| Actividades primarias | Eleva de 900 mil a un millón de pesos el monto máximo de ingresos exentos. |
| Deducciones empresariales | Incorpora un mecanismo de control para determinadas personas morales. |
| Intereses netos | Reduce del 30% al 20% el porcentaje utilizado para determinar su límite de deducción. |
| Pagos al extranjero | Modifica el momento de retención del ISR y las condiciones para su deducción. |
| Grupos de sociedades | Deroga el régimen opcional de diferimiento fiscal. |
| Estímulos fiscales | Incorpora a rango de ley incentivos para inversiones, capacitación e innovación hasta 2030. |
Los cambios deberán analizarse conforme a la versión definitiva del decreto, una vez concluido el procedimiento legislativo.
RESICO 2027: personas físicas podrán facturar hasta 5 millones de pesos anuales
La reforma modifica el artículo 113-E de la Ley del ISR, que establece el límite de ingresos para tributar en el Régimen Simplificado de Confianza de personas físicas.
Actualmente, el límite que se propone modificar es de 3 millones 500 mil pesos anuales.
El dictamen aprobado por Diputados contempla aumentarlo a 5 millones de pesos, lo que representa una ampliación de 1.5 millones de pesos.
La medida busca permitir que más contribuyentes puedan acceder al régimen o permanecer en él, particularmente quienes realizan:
- Actividades empresariales.
- Servicios profesionales.
- Arrendamiento de bienes inmuebles.
- Otras actividades comprendidas en los supuestos permitidos por el régimen.
El incremento del límite no elimina los demás requisitos establecidos en la Ley del ISR.
Por ello, superar o no determinado nivel de ingresos no es el único elemento que define la posibilidad de tributar en RESICO.
¿Cambiarán las tasas del RESICO para personas físicas?
El proyecto también modifica la tabla utilizada para determinar los pagos mensuales.
La reforma amplía de 3.5 millones a 5 millones de pesos anuales el monto máximo de ingresos al que resulta aplicable la tasa de 2.50%.
Esto no significa que todos los contribuyentes deban pagar esa tasa.
La determinación del impuesto continuará dependiendo de los ingresos y de los porcentajes establecidos en la tabla correspondiente.
El objetivo es adaptar el cálculo del ISR al nuevo límite de ingresos propuesto.
¿Quiénes podrían beneficiarse del nuevo límite?
La modificación podría resultar relevante para personas físicas que actualmente tributan en RESICO y se encuentran cerca del límite de ingresos permitido.
También podría ampliar las opciones de tributación para contribuyentes que cumplen los requisitos del régimen, pero cuyos ingresos superan el umbral actual.
No obstante, el incremento del límite no implica una incorporación automática.
Cada contribuyente deberá verificar que cumple con las condiciones previstas en la legislación.
RESICO para personas morales aumentará a 50 millones de pesos
La reforma también modifica el artículo 206 de la Ley del ISR.
El límite de ingresos para personas morales que pueden tributar en RESICO aumentaría de 35 millones a 50 millones de pesos anuales.
Esto representa una ampliación de 15 millones de pesos.
La medida está dirigida a empresas que cumplen las condiciones del régimen y que, por su nivel de ingresos, podrían acceder a un esquema simplificado de tributación.
¿Todas las empresas con ingresos menores a 50 millones podrán entrar a RESICO?
No necesariamente.
El nuevo límite de ingresos constituye uno de los requisitos, pero no sustituye las demás condiciones legales.
Las personas morales deberán revisar su estructura societaria, sus actividades y los supuestos de exclusión que correspondan.
La reforma tampoco significa que todas las empresas que actualmente tributan en el régimen general del ISR deban cambiar a RESICO.
La aplicación dependerá de las disposiciones definitivas y de la situación fiscal de cada contribuyente.
Nuevas restricciones a las deducciones fiscales de empresas
Uno de los cambios de mayor alcance para las personas morales se encuentra en la incorporación de un nuevo capítulo denominado “Del mecanismo de control de las deducciones autorizadas y de las pérdidas fiscales”.
La reforma adiciona el artículo 78-A, que establece un mecanismo aplicable a personas morales residentes en México que obtengan ingresos acumulables superiores a 50 millones de pesos, siempre que determinen utilidad fiscal del ejercicio.
Esto significa que el mecanismo no se plantea de manera general para todas las empresas.
Su aplicación dependerá del nivel de ingresos y de las demás condiciones establecidas en el articulado.
¿Cómo se calcularán las deducciones autorizadas?
El artículo 78-B incorpora un límite para determinados supuestos.
De acuerdo con el texto difundido por la Cámara de Diputados, cuando las deducciones autorizadas sean menores o iguales al resultado de multiplicar los ingresos acumulables por el factor 0.9667, el límite deducible se determinará multiplicando las deducciones autorizadas por 0.9900.
En términos porcentuales:
- Factor 0.9667: equivale a 96.67%.
- Factor 0.9900: equivale a 99%.
El mecanismo introduce una restricción sobre el monto de deducciones que pueden considerarse para determinar el ISR.
Sin embargo, los comunicados legislativos no desarrollan todos los supuestos contemplados en los artículos 78-C a 78-F.
Por ello, no es posible establecer el efecto completo de la reforma únicamente a partir de los factores mencionados.
Ejemplo de aplicación del factor de deducción
Para ilustrar el cálculo descrito, puede considerarse una empresa con las siguientes cifras hipotéticas:
| Concepto | Monto |
|---|---|
| Ingresos acumulables | $100,000,000 |
| Deducciones autorizadas | $90,000,000 |
| Factor aplicable a deducciones | 0.9900 |
| Deducciones después de aplicar el factor | $89,100,000 |
| Diferencia | $900,000 |
En este ejemplo, las deducciones equivalen al 90% de los ingresos acumulables, por lo que se encuentran por debajo del umbral de 96.67% mencionado en el dictamen.
Al aplicar el factor 0.9900, el monto considerado como deducible disminuiría 900 mil pesos.
El ejemplo es ilustrativo y no constituye un cálculo definitivo del ISR. No incorpora otros conceptos, ajustes o reglas que podrían modificar la determinación fiscal de una empresa.
CCE advierte riesgos para empresas con márgenes de utilidad reducidos
Las modificaciones a las deducciones fiscales han generado preocupación entre representantes del sector empresarial.
José Medina Mora Icaza, presidente del Consejo Coordinador Empresarial (CCE), advirtió recientemente que los límites propuestos podrían afectar a compañías cuyos modelos de negocio dependen de márgenes pequeños y grandes volúmenes de ventas.
Entre los sectores mencionados se encuentran:
- Distribuidores de combustibles.
- Empresas mayoristas de abarrotes.
- Distribuidores de productos electrónicos.
- Empresas de tecnología.
- Comercializadores de productos farmacéuticos.
- Mayoristas de bienes de consumo.
El dirigente explicó que estos negocios pueden registrar ingresos elevados sin que ello signifique que obtienen grandes utilidades.
Por esta razón, considera necesario evitar que los mecanismos fiscales generen una carga desproporcionada.
Medina Mora también señaló que el sector empresarial ha mantenido conversaciones con las autoridades para revisar las fórmulas de cálculo.
¿El nuevo límite de deducciones aumentará el ISR?
Para determinadas empresas, una reducción de las deducciones autorizadas puede incrementar la base gravable.
Sin embargo, el efecto no será uniforme.
Dependerá de factores como los ingresos acumulables, las deducciones procedentes, las pérdidas fiscales y la aplicación de las disposiciones específicas.
Por ello, las empresas que puedan quedar comprendidas en el nuevo mecanismo deberán evaluar sus efectos con base en el texto legal definitivo.
Deducción de intereses netos: el límite baja de 30% a 20%
La reforma modifica el artículo 28, fracción XXXII, de la Ley del ISR, relacionado con la deducción de intereses netos.
El cambio reduce del 30% al 20% el porcentaje utilizado para determinar el límite aplicable.
Esta modificación puede afectar a empresas que mantienen financiamiento mediante deuda y registran gastos financieros relevantes.
¿Qué significa para las empresas con créditos?
Los intereses derivados de financiamientos pueden ser deducibles cuando cumplen los requisitos fiscales.
No obstante, la legislación contempla limitaciones para determinadas operaciones.
La reducción del porcentaje implica un parámetro más restrictivo para calcular el límite de deducción.
Esto podría resultar relevante para compañías que utilizan financiamiento como parte de sus operaciones o proyectos de inversión.
El efecto dependerá de la situación financiera y fiscal de cada empresa, así como de las reglas completas de cálculo.
La reforma no establece que todos los intereses pagados por las empresas dejarán de ser deducibles.
Pagos al extranjero: cambian las reglas de retención del ISR
Otro apartado relevante corresponde a los pagos realizados a residentes en el extranjero.
El dictamen modifica el artículo 27, fracción V, para precisar que estos pagos podrán deducirse en el ejercicio en que se entere la retención correspondiente, conforme al artículo 153.
También reforma el artículo 153, quinto párrafo, con el objetivo de establecer el momento en que debe efectuarse la retención.
La disposición señala que deberá considerarse el primero de los siguientes acontecimientos:
- La exigibilidad del pago.
- El devengo del ingreso.
- La realización del pago.
La modificación busca armonizar los momentos que generan la obligación de retener el impuesto por ingresos obtenidos en territorio nacional por residentes en el extranjero.
¿Qué deberán revisar las empresas que realizan pagos internacionales?
Las compañías con operaciones internacionales deberán prestar atención a la relación entre los contratos, el registro de las operaciones y las obligaciones de retención.
Entre los aspectos relevantes se encuentran el momento en que una obligación se vuelve exigible, el reconocimiento del ingreso y la fecha de pago.
La reforma también vincula la deducción de determinados pagos con el entero de las retenciones correspondientes.
Estas disposiciones podrían requerir ajustes en los procedimientos administrativos y contables de las empresas.
Eliminan el Régimen Opcional para Grupos de Sociedades
La Cámara de Diputados también aprobó derogar el Capítulo VI del Régimen Opcional para Grupos de Sociedades.
El régimen contempla un mecanismo de diferimiento fiscal para determinados grupos empresariales.
De acuerdo con la iniciativa, se considera agotada la finalidad del beneficio.
Su eliminación representa un cambio para los contribuyentes que actualmente utilizan este esquema.
No obstante, los efectos específicos dependerán de las disposiciones transitorias y del tratamiento previsto para las situaciones fiscales existentes.
Sector agrícola y ganadero tendrá mayor límite de ingresos exentos
La reforma también modifica el tratamiento fiscal de determinadas actividades del sector primario.
El límite de ingresos exentos de ISR aumentaría de 900 mil pesos a un millón de pesos.
El ajuste comprende actividades:
- Agrícolas.
- Ganaderas.
- Silvícolas.
- Pesqueras.
La ampliación representa un incremento de 100 mil pesos.
De acuerdo con la Cámara de Diputados, el objetivo es fortalecer las condiciones fiscales del sector y apoyar las actividades vinculadas con la producción de alimentos.
La exención estará sujeta a los requisitos previstos en las disposiciones correspondientes.
Estímulos fiscales del Plan México tendrán respaldo legal hasta 2030
La reforma incorpora a rango de ley determinadas disposiciones transitorias relacionadas con estímulos fiscales para inversiones.
Entre los programas contemplados se encuentran:
- Plan México.
- Polos de Desarrollo para el Bienestar del Istmo de Tehuantepec.
- Polos de la Economía Circular.
- Polos Industriales de Yucatán.
Los incentivos están relacionados con la deducción inmediata de inversiones y deducciones adicionales por capacitación e innovación.
El dictamen busca dar continuidad y certeza jurídica a estos beneficios hasta 2030, conforme a las condiciones previstas.
¿Qué es la deducción inmediata de inversiones?
La deducción inmediata es un mecanismo fiscal que permite aplicar un tratamiento específico a determinadas inversiones, distinto del esquema ordinario de depreciación.
Su objetivo es incentivar la adquisición de activos productivos y el desarrollo de proyectos.
Sin embargo, el acceso a este beneficio depende de los requisitos establecidos para cada estímulo.
La aprobación del dictamen no significa que cualquier inversión pueda deducirse inmediatamente.
Reforma al ISR fue aprobada sin cambios en lo particular
La Cámara de Diputados discutió el dictamen en dos jornadas.
El 13 de octubre de 2026 fue aprobado en lo general con 349 votos a favor, 118 en contra y cero abstenciones.
Posteriormente, el 14 de octubre se realizó la discusión en lo particular.
Legisladores de Morena, PAN, PT, PRI y Movimiento Ciudadano presentaron reservas a diversos artículos.
Las propuestas fueron retiradas, se solicitó incorporarlas al Diario de los Debates o no fueron admitidas a discusión.
En consecuencia, el proyecto fue aprobado sin modificaciones.
| Votación | A favor | En contra | Abstenciones |
|---|---|---|---|
| En lo general | 349 | 118 | 0 |
| En lo particular | 322 | 115 | 0 |
El dictamen fue remitido al Senado de la República para continuar su trámite constitucional.
¿Cuándo entrará en vigor la reforma al ISR de 2027?
La reforma todavía no está vigente.
Aunque la Cámara de Diputados aprobó el proyecto en lo general y en lo particular, todavía debe continuar el proceso legislativo.
El Senado tendrá que revisar el dictamen y determinar si lo aprueba en los términos recibidos o introduce modificaciones.
Posteriormente, deberán completarse las etapas constitucionales correspondientes y publicarse el decreto en el Diario Oficial de la Federación.
La entrada en vigor dependerá de lo establecido en las disposiciones transitorias.
¿Qué deben hacer los contribuyentes mientras se aprueba la reforma?
Las personas físicas y morales deben continuar cumpliendo sus obligaciones conforme a las disposiciones actualmente vigentes.
Para quienes tributan en RESICO, esto significa que los nuevos límites de 5 y 50 millones de pesos no pueden aplicarse anticipadamente.
Por su parte, las empresas que podrían quedar sujetas a los nuevos controles de deducciones pueden comenzar a evaluar escenarios, sin modificar sus determinaciones fiscales hasta que exista una disposición aplicable.
También será importante revisar la versión definitiva de los artículos 78-A a 78-F, las reglas sobre intereses netos y los cambios relacionados con pagos al extranjero.
ISR 2027: contribuyentes y empresas deberán revisar los cambios aprobados
La reforma a la Ley del Impuesto Sobre la Renta contempla modificaciones para distintos perfiles de contribuyentes.
Las personas físicas y morales que tributan en RESICO podrían beneficiarse de mayores límites de ingresos, mientras que determinadas empresas enfrentarían nuevas reglas para calcular sus deducciones autorizadas.
La reducción del porcentaje aplicable al límite de intereses netos y los cambios en las retenciones por pagos al extranjero también podrían modificar los procedimientos de cumplimiento de algunas compañías.
Al mismo tiempo, el dictamen busca fortalecer la continuidad de estímulos fiscales para inversiones, capacitación e innovación hasta 2030.
El siguiente paso será la revisión del Senado, donde se definirá si la reforma mantiene su contenido o recibe modificaciones antes de su eventual publicación en el DOF.
Para los contribuyentes, será fundamental distinguir entre las medidas aprobadas por la Cámara de Diputados y las disposiciones que finalmente entren en vigor.

